Artículo del rabino David Rosen,
director de la oficina en
Israel de la Liga de Anti-Difamación
y co-oficial de enlace de la
LAD en la Santa Sede)
La conclusión del más reciente acuerdo entre el Vaticano y el
Estado de Israel constituye un nuevo hito en un viaje singular, no
sólo hacia la normalización diplomática sino también hacia la
reconciliación entre la Iglesia Católica y el pueblo judío.
La radical revisión de las enseñanzas oficiales de la Iglesia con
respecto al judaísmo fue introducida por el papa Juan XXIII y el
Concilio Ecuménico Vaticano Segundo, que él convino. El concilio
emitió un documento histórico conocido por sus dos primeras
palabras, "Nostra Aetate", que no sólo condenaba el antisemitismo y
en particular la acusación de deicidio contra los judíos, sino que
además afirmaba la eternidad del Pacto Divino con el pueblo judío.
Esto allanó el camino para otros avances extraordinarios en la
posición católica con respecto al judaísmo y los judíos y eliminó el
fundamento de la oposición teológica al restablecimiento del estado
judío. Sin embargo, factores políticos relacionados con las
comunidades de la Iglesia y en particular sus intereses en el Medio
Oriente retrasaron la normalización diplomática por casi treinta
años. Luego de la Conferencia de Madrid y el comienzo del proceso de
paz, el Vaticano e Israel establecieron una comisión conjunta para
explorar y recomendar una fórmula para la normalización plena entre
ambos. Esto condujo a la histórica firma del Acuerdo Fundamental
entre la Santa Sede y el Estado de Israel a finales de 1993, seguido
unos meses más tarde con el intercambio de embajadores.
El texto del Acuerdo Fundamental comienza con un notable
preámbulo que ubica al acuerdo dentro del contexto del
"histórico proceso de reconciliación entre la Iglesia Católica y el
pueblo judío". De hecho, así como la Santa Sede no sólo representa
al Estado del Vaticano en este acuerdo y "habla" en nombre de la
Iglesia Católica entera, también Israel no sólo representa al estado
sino que "habla" en nombre de todo el pueblo judío. Por ende, el
acuerdo tuvo un efecto profundamente positivo en las relaciones
entre católicos y judíos en todo el mundo. También significó mucho
más que una normalización diplomática, ya que sirvió como base para
una relación especial entre la Santa Sede, la Iglesia Católica y el
Estado de Israel, en la que este último se compromete a otorgar
"plenos derechos jurídicos" - es decir, reconocimiento de jure - a
la autoridad de la Iglesia Católica en la Tierra Santa.
A fin de comprender lo que esto significa, es necesario señalar
que desde el período otomano las iglesias cristianas locales han
gozado de cierto status y ciertos privilegios, gracias a la
magnanimidad de la autoridad gobernante. En el Acuerdo Fundamental,
Israel se compromete no sólo a confirmar de jure los derechos
referentes a las instituciones educativas y filantrópicas de la
Iglesia, sino también a normalizar la estructura de autoridad de la
jerarquía eclesiástica y sus órdenes religiosas en el marco de la
ley israelí. Con este fin, Israel debió formular un estatuto
especial que, según comprendieron y acordaron ambas partes, tomaría
varios años en completar.
La fórmula acordada fue ratificada recientmente y constituye un
dramático paso que no tiene precedentes, puesto que en todos los
países en que existen acuerdos con la Iglesia Católica, ésta fue
otorgada la autorización para registrar sus diferentes entes como
organizaciones seculares sin ánimo de lucro de acuerdo a las leyes
del país; pero Israel fue mucho más lejos, otorgando un status legal
especial a la Iglesia Católica y su estructura interna, dándole
"plena aplicación" a la ley canónica. Por ende, bajo la ley israelí,
la Santa Sede tiene jurisdicción legal sobre sus propias
instituciones y bienes en la Tierra Santa. Esto, según se indicó,
constituye un precedente histórico ya que ninguna autoridad
gobernante en la Tierra Santa - y en especial ningún poder no
cristiano - otorgó a la Iglesia tal status de jure. Es más, esto fue
logrado en un país en que la cristiandad en general, y el
catolicismo en particular, constituye una minoría muy pequeña.
De acuerdo con este reconocimiento legal de la estructura interna
y la autoridad de la Iglesia Católica en la Tierra Santa, se elaboró
un registro con unos 130 entes y organizaciones de la Iglesia.
Cualquier disputa, transacción, etc., que le ataña, será juzgada y
resuelta a plenitud de acuerdo a la ley israelí. Esto constituye un
voto de confianza en la ley israelí de parte de la Santa Sede, cuya
importancia en términos de los intereses regionales no puede
negarse. También sirve como una especie de modelo para la Santa
Sede, que sin duda desearía lograr acuerdos similares con otros
estados y organizaciones nacionales en la región, a fin de poder
salvaguardar también en ellos sus intereses.
Sin embargo, la Iglesia logró este acuerdo con Israel debido
precisamente a que éste no es una teocracia, sino una democracia
moderna dedicada a través de su Declaración de Independencia y de la
ley al principio de la libertad de culto para todas las comunidades
religiosas del país. Por cierto, este acuerdo, que será seguido de
las legislaciones y regulaciones necesarias, constituye un elocuente
testimonio a la madurez de la democracia israelí y a la dedicación
del estado al desarrollo de una sociedad en la que todas las
comunidades de la Tierra Santa puedan vivir en libertad y florecer.